
La flamante defensa de Cristian “Pity” Álvarez sostuvo que el músico no se encuentra en condiciones psíquicas y cognitivas de afrontar el juicio oral por el homicidio de Cristian Maximiliano Díaz, ocurrido el 12 de julio de 2018 en el complejo habitacional Cardenal Samoré, en Villa Lugano.
El abogado Javier Ignacio Baños, quien asumió la representación junto a Sebastián Queijeiro, afirmó que su defendido “no comprende la criminalidad de sus actos” y consideró que el debate debería ser suspendido.
“Pity no está en condiciones de estar en juicio, no tiene capacidad psíquica, cognitiva, para afrontar un debate de estas características”, sostuvo Baños.
Baños hizo referencia a un dictamen elaborado por el Cuerpo Médico Forense que había determinado una incapacidad mental para que el músico pudiera ser juzgado.
Según explicó el abogado, aquel informe describía un deterioro psico-orgánico compatible con un trastorno cognitivo mayor y un trastorno depresivo.
“Tenía un deterioro psico-orgánico que era compatible con un trastorno cognitivo mayor y un trastorno depresivo”, señaló Baños, quien calificó el deterioro como “extremadamente grave y prácticamente irreversible”.
La evaluación médica había derivado en la cancelación del proceso en 2023.
La nueva defensa solicitó que se realice de manera urgente una resonancia magnética del cerebro sin contraste y un estudio cognitivo que, según Baños, no figura actualmente en el expediente.
Además, pidió que declaren un neurólogo y un psiquiatra para evaluar el estado actual del músico.
El planteo de los abogados es que el proceso sea suspendido hasta que los especialistas determinen si Álvarez está en condiciones de participar de las audiencias y ejercer adecuadamente su defensa.
El debate se lleva adelante en el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N.º 29 de la Ciudad de Buenos Aires.
Baños también cuestionó que el proceso se sustancie ante ese tribunal y sostuvo que el caso debería haber sido sometido a los jueces naturales previstos por la Constitución Nacional, en referencia a los jurados populares.
El abogado citó los artículos 24, 75, inciso 12, y 118 de la Constitución Nacional y mencionó además la normativa porteña sobre juicio por jurados para determinados delitos.
El abogado planteó dudas sobre la capacidad de Álvarez al momento del hecho
Baños también puso en duda si Álvarez tenía capacidad psíquica suficiente al momento del hecho investigado.
“No sabemos si Pity tuvo capacidad psíquica de actuar. Pudo haber existido un estado de inconsciencia absoluta, los famosos llamados estados de cortocircuito”, afirmó.
En esa línea, sostuvo que también debería analizarse si pudo haber existido un error invencible de tipo capaz de excluir el dolo y la culpa.
Otro de los argumentos planteados por Baños está relacionado con la posibilidad de que el hecho haya ocurrido en un contexto de legítima defensa.
El abogado recordó que, al momento de ser detenido, Álvarez había pronunciado la frase “Era él o yo”.
A partir de ese antecedente, sostuvo que debería analizarse si existió una agresión ilegítima previa y si el caso podría encuadrarse eventualmente en una legítima defensa o en un exceso de esa figura.
“No sabemos si, en todo caso, quizás hubo un exceso en la legítima defensa en los términos del artículo 35 del Código Penal”, concluyó.