Judiciales

Declaran culpables a la madre de Lucio Dupuy y a su pareja y serán condenadas a prisión perpetua

Magdalena Espósito Valenti; y de su pareja, Abigail Páez; fueron condenadas a prisión perpetua por el crimen del niño de 5 años, cometido el 26 de noviembre de 2021 en Santa Rosa.

Los jueces Andrés Olié y Daniel Sáez Zamora y la jueza Alejandra Ongaro, dieron a conocer este jueves el veredicto que determina que Magdalena Espósito Valenti y su pareja, Abigail Páez son culpables del delito de “homicidio calificado por el vínculo” contra Lucio Dupuy, el hijo de 5 años de la primera.

Páez, la pareja de la madre, también fue hallada responsable del “abuso sexual ultrajante” cometido al niño.

Por eso, fueron condenadas a prisión perpetua.

Los fundamentos se conocerán el 13 de febrero. La Fiscalía solicitó la pena de prisión perpetua para ambas acusadas.

Espósito Valenti y Páez pidieron no estar presentes en la audiencia de este jueves.

Por medio de sus abogados, Pablo de Biasi (Espósito Valenti) y Silvina Blanco Gómez (Páez), las imputadas hicieron una presentación para ausentarse de la sala en la audiencia final, pedido al que los jueces hicieron lugar.

Lucio fue asesinado a golpes el 26 de noviembre de 2021 en la vivienda de la calle Allan Kardec al 2300 de la ciudad de Santa Rosa, donde residía con su madre y la pareja de ella.

Su mamá, Espósito Valente, fue acusada por el equipo de fiscales integrado por Walter Martos, Verónica Ferrero, Mónica Rivero y Máximo Paulucci, de los delitos de “abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal, agravado por haber sido cometido por la ascendiente (progenitora), con el concurso de dos personas y aprovechando la convivencia con la víctima menor de 18 años, todo como delito continuado; en concurso real con homicidio calificado por ser la ascendiente, por ensañamiento y alevosía”.

A Páez, en tanto, el MPF le imputa el “abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal, agravado por haber sido cometido por la guardadora, con el concurso de dos personas y aprovechando la convivencia con la víctima menor de 18 años, todo como delito continuado; en concurso real con homicidio calificado por ensañamiento y alevosía”.

La defensora oficial de Páez, Silvina Blanco Gómez, consideró por su parte que no existió un homicidio agravado sino un homicidio preterintencional, es decir que no tuvo intencionalidad, ya que la imputada -que admitió haberle pegado a Lucio- no buscó asesinarlo.

Por ese motivo, en su alegato, enumeró siete conductas que la imputada ejecutó para evitar la muerte del niño: la práctica de RCP para reanimarlo, su traslado a la posta sanitaria del barrio Atuel, la búsqueda de ayuda en la policía y haberlo llevado al hospital Evita, entre otras.

Por su parte, el defensor oficial Pablo De Biasi pidió la absolución de la madre de Lucio por ambos delitos, ya que “en el lugar de los hechos hubo una persona y no dos”, al descartar la coautoría del homicidio.

El médico forense que hizo la autopsia al cuerpo de Lucio contó antes del juicio que “en 27 años de profesión” y tras haber intervenido en “32 casos de niños golpeados”, nunca vio algo así.

En tanto, la familia paterna del niño, representada por el abogado Mario Aguerrido, adelantó a Télam que denunciará al Ministerio de Salud provincial por no haber actuado ante situaciones de violencia previas sufridas por el niño y atendidas en hospitales de la provincia, al tiempo que pidió el juicio político para la jueza Ana Clara Pérez Ballester, quien le dio la tenencia del niño a su madre a pesar de que estuvo ausente dos años.

A raíz del caso de Lucio, a fines de noviembre pasado, un plenario de comisiones de Legislación General, Educación y Cultura, y Población y Desarrollo Humano del Senado dio dictamen favorable a un proyecto de ley que crea un Plan Federal de capacitación para el personal del Estado sobre derechos de niñas, niños y adolescentes.

Y el 26 pasado, mediante la publicación en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional decretó la ampliación del temario de las sesiones extraordinarias para incluir el tratamiento del proyecto, denominado “Ley Lucio”.