El jefe interino de los fiscales sostiene que la Constitución de San Juan “impide que quien haya sido elegido por tres períodos en ambos o uno de los cargos antes citados (gobernador o vice), sea electo nuevamente como gobernador o vicegobernador, ya que ello podría implicar su permanencia en el gobierno por cuatro períodos consecutivos o incluso más”.
Tras el análisis de la legislación provincial, Casal dictaminó que “queda sellada la suerte adversa de la postulación del señor Uñac, quien fue elegido como vicegobernador y luego -en las dos contiendas electorales inmediatas siguientes- como gobernador, frente a lo cual su nueva postulación se sitúa fuera de la limitación establecida en el artículo 175 de la Constitución de San Juan”.
Casal dijo en su dictamen que “en el mecanismo de alternancia fijado por el constituyente local, si un ciudadano fue electo como gobernador o vicegobernador y luego reelegido inmediatamente para cualquiera de esos cargos, sólo podrá aspirar a una tercera y última reelección consecutiva adicional con la intención de desempeñarse en una de esas dos posiciones para posibilitarle así, mediante la acumulación de los tres períodos, el ejercicio ininterrumpido de doce años en esos cargos de gobernador y vicegobernador de la provincia”.
También destacó que su criterio “se ve corroborado por las expresiones vertidas por los legisladores durante el debate en la Cámara de Diputados que tuvo por objeto el tratamiento de la enmienda al artículo 175 de la Constitución local, al que también cabe acudir para determinar el alcance de la norma”.
“La norma establece, en efecto, ciertos límites a la permanencia en dichos cargos, al disponer que ‘(e)l Gobernador y el Vicegobernador duran cuatro años en el ejercicio de sus funciones y pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces”, aseveró Casal.
El Procurador se pronunció de esta manera al evaluar la presentación que hizo el candidato opositor a la Gobernación sanjuanina Sergio Vallejos Mini, de Evolución Liberal.
La Corte Suprema suspendió las elecciones provinciales el 9 de mayo, cinco días antes de la fecha prevista para celebrarse, en 14. Ese domingo se celebraron lso comicios en las otras categorías, excepto a gobernación. El partido de Uñac ganó por amplia mayoría. El máximo tribunal suspendió en la misma fecha las elecciones en Tucumán al impugnar la postulación de Juan Manzur, quien luego decidió declinar su candidatura. Los tucumanos van a las urnas el domingo 11 de junio.
A partir del informe de Casal, la Corte quedó en condiciones de pronunciarse sobre el fondo de la cuestión.
Los dictámenes del Procurador no son vinculantes, pero es habitual que la Corte falle en consonancia con sus pronunciamientos.