
El Gobierno nacional designó a la Secretaría de Transporte como autoridad de aplicación del régimen que regula los servicios privados de movilidad y reparto prestados mediante plataformas tecnológicas.
La medida alcanza a plataformas digitales dedicadas al transporte de pasajeros y al reparto de bienes, entre ellas Uber, Cabify, Didi, Rappi y PedidosYa, además de otras empresas que operan bajo esquemas tecnológicos similares.
De acuerdo con la reglamentación, la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía será la encargada de aplicar el régimen específico previsto para los prestadores independientes que desarrollan actividades a través de plataformas tecnológicas.
En paralelo, la Secretaría de Trabajo mantendrá competencias vinculadas con los convenios colectivos que eventualmente puedan surgir dentro de la actividad.
En los fundamentos del decreto, el Gobierno sostuvo que la regulación de estos servicios debe quedar bajo la órbita de Transporte debido a que su naturaleza principal está asociada con la movilidad y la logística.
La decisión se inscribe en la reforma laboral sancionada por el Congreso, que creó un régimen específico para los prestadores de servicios de plataformas y excluyó expresamente esos vínculos del ámbito de aplicación de la Ley de Contrato de Trabajo.
De esta manera, el Poder Ejecutivo ratificó el criterio de considerar a conductores y repartidores como trabajadores independientes alcanzados por una regulación particular, diferenciada del régimen laboral tradicional.