“Llegado el momento de resolver la situación procesal de Fabián Javier Gianola, considero que –en consonancia con la escasez probatoria reunida en autos hasta el momento- deviene atinente disponer la falta de mérito para sobreseer o procesar al nombrado, conforme lo prescribe el artículo 309 del Código Procesal Penal de la Nación”, explica la jueza Ángeles Mariana Gómez Maiorano en la resolución.
Gustavo D’Elía, abogado de Viviana Aguirre, expresó en TV Pública Noticias su malestar con la resolución y adelantó que la decisión será apelada por estar “totalmente en discrepancia” con el fallo.
Agustín Villavicencio, “es un testigo presencial que vio el abuso y tuvo la valentía de presentarse en la justicia y decirlo”, explicó el letrado, pero lamentó que al leer el fallo “me encuentro con que para la magistrada es un testigo endeble”.
“Ahora comprendo porque las mujeres no quieren denunciar”, indicó el abogado, y agregó: “me extraña mucho que una jueza mujer diga que un testigo presencial es endeble”.
Mariela Labozzetta, fiscal de la UFEM, había pedido el procesamiento del actor, solicitud que la jueza rechazó tras el descargo de los abogados de la defensa, Federico Schumacher y Diego Onorati. En este tipo de casos, tras el llamado a indagatoria, la jueza podría decidir el procesamiento del acusado con prisión preventiva si lo creyera necesario, el sobreseimiento, o la falta de mérito, como en este caso.
Tras enumerar los elementos de prueba presentados por todas las partes, la jueza agrega: “De un minucioso y detenido análisis de las constancias que se han producido e incorporado en autos a lo largo de la presente instrucción, se advierte que el entramado fáctico recabado a la fecha, no resulta susceptible de determinar –con el grado de probabilidad exigido por esta instancia procesal- la materialidad de los eventos en estudio”.
Además, subraya que sería “prematuro adoptar un temperamento que desvincule de manera definitiva de estas actuaciones al imputado” por lo que asegura que “previo a disponer cualquier tipo de resolución de carácter concluyente que pudiera poner fin a la sujeción de éste al proceso, estimo imprescindible ampliar las diligencias realizadas”. En este punto, le propone a la Unidad Fiscal de Delitos de Violencia Contra las Mujeres “la realización de una serie de pericias idóneas para perfeccionar el cuadro probatorio”.