Economía

ARCA dejará de apelar fallos contra Ganancias sobre jubilaciones

El ente fiscal confirma su cambio de estrategia judicial a partir de reiterados fallos de la Justicia en contra de sus apelaciones.

ARCA dejará de apelar fallos contra Ganancias sobre jubilaciones

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) resolvió modificar su estrategia judicial y dejará de apelar las sentencias que declaran inconstitucional el cobro del impuesto a las Ganancias sobre haberes jubilatorios. La decisión se tomó luego de que la Corte Suprema mantuviera durante años un criterio reiterado en favor de jubilados que cuestionaron esos descuentos ante la Justicia.

La decisión se vio reflejada en una instrucción fechada el 15 de mayo. Este cambio de orientación permite que el organismo desista de apelar tanto en primera instancia como en cámara, con el fin de agilizar los procesos para los beneficiarios que cuentan con sentencias favorables. Hasta el momento, el fisco tenía la obligación de agotar todas las instancias recursivas posibles.

El impacto en los haberes previsionales

Actualmente, cerca de 130.000 jubilados se encuentran alcanzados por el Impuesto a las Ganancias en Argentina. Los datos oficiales, brindados por la Jefatura de Gabinete ante el Congreso, indican que este universo está compuesto por quienes perciben haberes superiores a ocho jubilaciones mínimas.

A valores actuales, el piso para comenzar a tributar se sitúa en torno a los 3,1 millones de pesos mensuales. La nueva política judicial permitirá que quienes logren un fallo favorable dejen de sufrir las retenciones de manera mucho más rápida que en el pasado.

El caso judicial que sentó antecedente

El fallo “García, María Isabel c/ AFIP”, dictado por la Corte Suprema el 26 de marzo de 2019 sirvió de base para este proceso. En ese caso, el tribunal declaró la inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias en la medida en que gravaban haberes jubilatorios.

El caso se convirtió en un antecedente central dentro del ámbito previsional y tributario. La demandante era una jubilada de 79 años que presentaba problemas de salud y que, según el expediente, sufría retenciones que representaban entre el 29,33% y el 31,94% de sus ingresos previsionales.

La Corte sostuvo que el envejecimiento y la discapacidad constituyen factores que generan mayores necesidades económicas y que, por lo tanto, deben ser contemplados al momento de definir la carga tributaria sobre jubilados y pensionados.

Aquel fallo dispuso que, mientras el Congreso no legislara un régimen específico para jubilados vulnerables, no debían efectuarse descuentos por Ganancias. ARCA entiende ahora que existe jurisprudencia consolidada para dejar de apelar sistemáticamente.

Después del fallo “García”, la Corte Suprema continuó aplicando el mismo criterio en otros expedientes similares.

Qué pasa con las jubilaciones ahora

Esta decisión no implica una exención automática para todos los jubilados que hoy pagan el tributo. La instrucción de ARCA se limita exclusivamente a cambiar la conducta procesal del organismo en los tribunales.

Quienes no hayan iniciado acciones legales seguirán tributando el impuesto. La medida solo beneficia directamente a aquellos que ya tienen un juicio en curso o decidan iniciarlo ante la justicia previsional.

Además, la nueva estrategia no se aplicará cuando quienes impulsan la demanda no tengan legitimación activa, como podría ocurrir con asociaciones o colegios profesionales. Tampoco regirá en aquellos casos en los que la representación fiscal considere que existen circunstancias particulares que permitan revertir el criterio judicial aplicado hasta el momento.