
Luego de que se iniciara el año lectivo 2026, el gobierno nacional anunció varias modificaciones en los requisitos que deberán cumplir los interesados en acceder al Programa de Respaldo a Estudiantes Argentinos (Progresar). Las inscripciones se abrieron ayer para finalización obligatoria.
El programa Progresar Obligatorio busca acompañar a los jóvenes para que finalicen la educación obligatoria, continúen estudios superiores o se formen profesionalmente, garantizando condiciones igualitarias de acceso a la educación.
Los cambios
Los cambios fueron plasmados en la Resolución N° 172/2026, que fue publicada ayer de madrugada en el Boletín Oficial. Con la autorización del secretario de Educación, Carlos Torrendell, se oficializó la sustitución de los reglamentos correspondientes a los cuatro tipos de becas estatales.
De la misma manera, se definió que la inscripción al plan de “Finalización de la educación obligatoria” será del 27 de marzo al 24 de abril de 2026, mientras que los de “Fomento de la educación superior” y “Progresar Enfermería” abrirán del 6 al 30 de abril de 2026. En tanto, la “Formación Profesional” recibirá postulaciones entre el 27 de abril y el 27 de noviembre de 2026.
A su vez, establecieron “fijar el monto mensual de las líneas ‘Finalización de la educación obligatoria’, ‘Fomento de la educación superior’, ‘Progresar Enfermería’ y ‘Progresar Formación Profesional’” en $35.000“.
Entre los cambios aplicados, las autoridades aclararon que quienes resulten beneficiados en la primera convocatoria dispondrán de la ayuda económica hasta por doce meses, mientras que los seleccionados en una segunda convocatoria la tendrán como máximo por seis meses.
Los requisitos para acceder
- Ser argentino nativo o naturalizado, o extranjero con residencia legal de 2 años en el país y contar DNI.
- Tener entre 16 y 24 años de edad cumplidos al momento del cierre de la convocatoria.
- La suma de los ingresos del estudiante y su grupo familiar no debe ser superior a 3 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM), excepto que los jóvenes solicitantes sean titulares de una pensión no contributiva por invalidez otorgada en el marco del artículo 9 de la Ley 13478.
- Cumplir con la condición de alumno regular.
- Participar en actividades complementarias determinadas por el programa.
- Cumplir con las condiciones académicas establecidas en el Reglamento Progresar.
- Contar con el esquema de vacunación completo o en curso según grupo de edad.