Meta: el modelo de pagar o aceptar las cookies vulnera la privacidad de los usuarios
Europa

Meta: el modelo de pagar o aceptar las cookies vulnera la privacidad de los usuarios

Las páginas web deben aportar una alternativa que implique acceder al contenido gratis y sin utilizar datos personales de los usuarios.

Hace una semana El Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD) emitió un comunicado sobre el uso de las cookies en las páginas web y ha puesto a Meta, la multinacional de Mark Zuckerberg, en el punto de mira.

El dictamen fue tajante: la estrategia de pay or consent (acepta las cookies o paga) para monitorizar a los usuarios y ofrecerles publicidad personalizada no es un sistema válido en los Estados miembros.

La decisión exige que se haga cumplir el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que entró en vigor en 2018 y que incumplía desde entonces la compañía fundada por Mark Zuckerberg.

La compañía erigió su imperio aprovechando los datos personales de sus usuarios (tanto los que estos vuelcan en las redes sociales de forma voluntaria, como el nombre, dirección, ocupación o contactos, como los que recogía la empresa de los historiales de navegación) para que los anunciantes pudieran afinar al máximo el objetivo de sus campañas.

El pronunciamiento del comité europeo no prohíbe este modelo de negocio.

Es una opinión en respuesta a la petición de autoridades de Noruega, Países Bajos o Hamburgo (Alemania) para que interprete si la estrategia de las plataformas digitales tiene encaje legal para poder seguir aplicándose en Europa.

La decisión las obliga a ofrecer un modelo que no perjudique la privacidad de los usuarios.

A principios del pasado mes de noviembre, Meta lanzó al mercado una versión premium para los usuarios de Facebook e Instagram, con una suscripción mensual (cuyo precio asciende a 12,99 euros mensuales) a cambio de eliminar la publicidad en los perfiles de dichas redes sociales.

Sin embargo, hay letra chica en las condiciones.

En caso de no acogerse a la versión de pago, Meta presupone que las personas están dando su consentimiento para que los responsables de las páginas web utilicen sus datos personales para ofrecerles publicidad personalizada.

Pero según la normativa, las empresas deben obtener el consentimiento de los usuarios para utilizar sus datos personales de manera “totalmente libre y no coaccionada”. Y en los casos en los que los usuarios no den su consentimiento, la plataforma debe ofrecerles otras alternativas que no tienen que implicar obligatoriamente el pago de una tasa.

Una opción válida, comentó al diario español El País el responsable del área de estrategia y gestión de datos personales del estudio de abogacía Elzaburu Ruth Benito, sería ofrecer una aplicación con un servicio de publicidad aleatoria y menos invasiva para la privacidad de los usuarios. “Otra alternativa sería dejar que sea el propio usuario quien marque cuáles son sus intereses o las materias sobre las que le gustaría que se le mostraran promociones y publicidad”, propone. Y una tercera propuesta viable, explica la experta, sería pagar únicamente para quitar los anuncios. De esta forma, “los datos personales dejarían de utilizarse como moneda de cambio”, señala.