Una comunidad mapuche disputará en la Corte Suprema una resolución de la Justicia neuquina
Pueblos indígenas

Una comunidad mapuche disputará en la Corte Suprema una resolución de la Justicia neuquina

La comunidad mapuche Paichil Antriao quiere permanecer en el camping del lago Correntoso en Villa La Angostura, pese al fallo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Neuquén, que no le reconoció la propiedad ancestral de esos terrenos al grupo. Ahora, prepara un recurso extraordinario que elevará a la Corte Suprema de Justicia.

Pese al fallo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) neuquino que exigió que desaloje los terrenos donde está emplazado un camping en Villa La Angostura, la comunidad mapuche Paichil Antriao alista un recurso extraordinario que presentará a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que le sea reconocida la propiedad ancestral del sitio en disputa.

La comunidad, que ocupa los terrenos desde 2011, alega que detentan posesión por el derecho que les asiste, en los términos del relevamiento territorial de la Ley 26.160.

En ese año, la Comisión Interamericana por los Derechos Humanos (CIDH) promovió una medida cautelar contra el estado argentino por el impedimento que hacía la provincia de Neuquén al acceso de parte de la comunidad a lugares sagrados situados en ese inmueble y en los alrededores de Villa La Angostura.

Sin embargo, el último antecedente es negativo para la comunidad: el TSJ de Neuquén ratificó la sentencia de primera instancia del pasado 12 de diciembre de 2019, que condenó a los demandados -entre ellos la comunidad Paichil Antriao- a que restituyan el lote y que abonen una suma de dinero más intereses.

Pero el caso tendrá que esperar, al menos, algunos días más para saber si el TSJ admite o no la elevación a la Corte Suprema. En caso de que no, la comunidad ya adelantó que irá “en queja”, al máximo órgano judicial de la Argentina.

Sin embargo, antes se tienen que resolver dos cosas: el dictamen del Ministerio Público Fiscal, para admitir el giro del expediente, y una recusación que hizo la comunidad contra el vocal Germán Busamia.

Es que la comunidad considera que ese magistrado hizo “adelanto del fallo” en declaraciones radiales anteriores a la publicación de la resolución.

El camping está ubicado en un sitio privilegiado: se encuentra a 8 kilómetros del centro de la villa turística, sobre la costa del lago Correntoso y acorralado por las imponentes elevaciones montañosas de la precordillera.

Para los Paichil Antriao, está probado que son los habitantes originarios del lugar.

En el año 2014 el Observatorio de Derechos Humanos de Pueblos Indígenas (OPDHI) presentó el libro Huellas y Senderos que da cuenta de una investigación de la historia del lote en disputa.

“En 1902, el Estado argentino reconoció la presencia de las familias Paichil y Antriao en la zona del Río Correntoso, otorgando por decreto la titularidad del Lote Pastoril N° 9. Esas familias habitaban allí desde muchos años antes que llegara la Comisión de Límites y por ello pudieron ayudar como baqueanos en la delimitación de la frontera con Chile. De las 625 hectáreas iniciales, hoy sólo habitan en 125, y todas están a nombre de terceros extraños”, aducen.

El TSJ había resuelto reconocer a la Municipalidad de Villa La Angostura la posesión de una fracción de tierra que la comunidad Paichil Antriao utilizaba como “concesionario” del camping municipal. En ese sector también está la toma de captación de agua de la ciudad.

Incluso, en concepto de cánones municipales, y según el fallo neuquino, desde el 31 de octubre de 2011 a la fecha, la comunidad debería pagar 345.291,44 pesos, con intereses, de un capital inicial que en ese entonces era de 58.640 pesos.

La comuna promovió una acción reivindicatoria por el inmueble, contra Hugo Montes, Sofia Antriao, Ernesto Antriao, Patricia Gutiérrez y “contra toda persona que ocupe y/o invoque y/o pretenda tener derechos sobre el inmueble”, que en este caso es el camping del lago Correntoso.